Se ha publicado en el BOE una Orden Ministerial que permite al colectivo de
empresarios y profesionales autónomos realizar sus trámites ante la Agencia
Tributaria a través de Internet, con un nuevo sistema de firma
electrónica no avanzada (sin certificado electrónico) denominado “PIN
24 Horas”.
CENOR comenta que este sistema permite
a los autónomos - y en general, a todas las personas físicas no obligadas a
disponer de certificado electrónico-, la presentación vía telemática de
autoliquidaciones, declaraciones informativas y la realización de otros trámites
ante la Agencia Tributaria.
Previa solicitud del
‘PIN’ registrándose en este nuevo sistema, y aportando el NIF, la fecha de
caducidad de su DNI y un número de teléfono móvil, los contribuyentes recibirán
mediante a través de SMS un código de acceso para realizar sus gestiones durante
24 horas. Aunque el código
caduca al final de cada día, el contribuyente podrá obtener uno nuevo en
cualquier momento y de manera instantánea, dado que el registro previo solo será
necesario la primera vez.
Los contribuyentes
interesados podrán registrarse a partir del mes de diciembre. Las primeras
presentaciones que podrán realizarse con el ‘PIN 24 horas’ serán las
declaraciones informativas de 2013 a presentar en enero de 2014; entre ellas,
los resúmenes anuales de retenciones que se incluyen en los modelos 180 y 190, y
la Declaración-Resumen anual del IVA (modelo 390).
Los principales
destinatarios del ‘PIN 24 horas’ son los autónomos que realizan
presentaciones periódicas y las personas físicas que el año próximo deban
presentar el modelo 720 de declaración de bienes y derechos en el extranjero,
aunque aquellos contribuyentes que únicamente estén obligados a presentar
declaración de IRPF o Patrimonio también podrán optar por hacer la declaración
por esta vía.
¿Cómo
funciona?
La utilización del
sistema ‘PIN 24 horas’ requiere dos pasos, un registro previo y una
identificación y autenticación posterior. El registro previo se podrá
efectuar presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria o, en su caso,
a través de la Sede Electrónica siguiendo las instrucciones que la Agencia
remitirá por carta al colectivo de principales beneficiarios. En el proceso de
registro se solicitará al contribuyente un número de teléfono móvil, la fecha de
caducidad del DNI y, en la Sede, un código de cuenta corriente como información
de contraste.
Una vez registrado en
el sistema, cuando el contribuyente desee realizar algún trámite deberá acceder
a la Sede Electrónica de la AEAT (www.agenciatributaria.es) y
solicitar el ‘PIN 24 horas’. Para ello deberá consignar el NIF, la fecha de
caducidad del DNI y una clave de identificación de cuatro caracteres a su
elección que definirá al contribuyente para cada solicitud del ‘PIN’. A
continuación, recibirá el ‘PIN’, que podrá utilizar durante ese mismo día
natural, mediante un SMS remitido al teléfono móvil comunicado en la fase de
registro. Utilizando el NIF y la clave de cuatro caracteres más el ‘PIN 24
horas’, el contribuyente quedará identificado en la Sede Electrónica y podrá
realizar los trámites oportunos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario